RGPD: REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS
Desde Mayo de 2018 es necesario estar adaptado al Nuevo Reglamento Europeo en Protección de Datos 2016/679 y posteriormente con la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica 3/2018, ha sido necesario adaptarse también a esta nueva ley.
Los cambios que acompañan al nuevo reglamento son varios:
- No es necesario inscribir los ficheros en la AEPD.
- Desaparece la auditoría cada dos años. Se exigirá una evaluación continua.
- Implantación de la metodología para la evaluación continua de tratamiento de datos.
- Datos especialmente protegidos. Tratamiento masivo de datos. Evaluación de impacto periódica.
- Aplicación de medidas técnicas específicas.
- Incremento notable del Régimen Sancionador.
- Notificación de la violación de seguridad de los datos personales a la AEPD en un plazo máximo de 72 horas.
- Identificación y nombramiento de un DPD (delegado de protección de datos).
- Análisis y evaluación del tratamiento de datos y registro de actividades.
- Incremento de las especificaciones en los contratos con los encargados de tratamiento.
Clientes que ya confían en nosotros para gestionar su adaptación al RGPD y la LO 3/2018:
Vifordat ofrece un servicio integral y personalizado a las empresas y profesionales, en relación con las obligaciones que el Nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 exige en el tratamiento de datos de caracter personal. Contacta con nosotros si quieres más información sobre cómo adaptar al RGPD tu empresa.